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AYUDAS del Dpto. de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial A LA MOVILIDAD ELÉCTRICA (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia Europeo
Orden ICD/891/2021 de 19 de julio
Publicado en BOA nº 159 de 29/07/2021
Plazo presentación solicitudes finaliza el 31/12/2023
Esta Orden tiene por objeto convocar ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas, en la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo establecido en el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla (en adelante, bases reguladoras).
Serán actuaciones subvencionables las previstas en el artículo 13 de las bases reguladoras que deberán cumplir los requisitos que se establecen en esta Orden, y demás normativa de aplicación, para cada una de ellas:
Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible.
Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
Beneficiarios:
Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas previstas en esta Orden, y serán los destinatarios últimos de las ayudas, para cada tipo de actuación, los establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras.
En relación con la ubicación de la actuación objeto de la ayuda, los destinatarios deberán cumplir:
Para poder ser beneficiario de una ayuda destinada a la actuación 1 descrita en el artículo 13 de las bases reguladoras, el destinatario último deberá estar establecido en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entenderá que está establecido en Aragón cuando tenga su residencia en la Comunidad Autónoma de Aragón o tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento en la misma en el momento en que se solicite la ayuda, y en el momento de la justificación y pago de la misma.
Para poder ser beneficiario de una ayuda destinada a la actuación 2 descrita en el artículo 13 de las bases reguladoras, éstas deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Más información:
Información y contacto
AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL – AEDL
Comarca de La Jacetania
C/ Ferrocarril, s/n
22700 Jaca
Tel. 974 356 980
Tel. 690 028 403
imadrigal@jacetania.es
Ayuntamiento de Biescas
Plaza Ayuntamiento, 1
22630 Biescas
Tel. 974 48 50 02 ext. 5
agentedesarrollo@biescas.es
Ayuntamiento de Sabiñánigo
Plaza España. 2
22600 Sabiñánigo
Tel. 974 484 213 -
974 48 42 00 ext. 4204
apalacin@aytosabi.es
TÉCNICOS DE DESARROLLO RURAL DE ADECUARA
Ctra. N-240. Antiguo Molino
22753 Puente la Reina de Jaca
Tel. 974 377 358
gerencia@adecuara.org
C/ Secorum, s/n
22600 Sabiñánigo
Tel .974 413 888 – 974 483 311 (Comarca)
adecuara@adecuara.org
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