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Este boletín recoge información en materia de ayudas y subvenciones, formación y empleo de las Comarcas de La Jacetania y Alto Gállego.

Estamos en: SUBVENCIONES

SUBVENCIONES del Dpto. de Economía, Competitividad y Empleo destinadas a los PROGRAMAS EXPERIENCIALES DE EMPLEO Y FORMACIÓN TándEM, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Orden ECE/1026/2026 de 23 de junio
Publicado en BOA nº 134 de 14/07/2026
Plazo presentación solicitudes finaliza le 04/08/2026

El objeto de esta Orden es convocar, para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a la financiación de las tres modalidades de los programas experienciales TándEM de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Aragón, previstas en el artículo 2 de la Orden EPE/1116/2022, de 18 de julio:

a) Programas experienciales TándEM de empleo y formación de carácter general.

b) Programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas emprendedoras.

c) Programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas menores de 30 años.

Los programas experienciales TámdEM de empleo y formación son programas públicos que tienen como finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional. En el caso concreto de los programas experienciales TámdEM de empleo y formación para personas emprendedoras, estos tienen por objetivo el desarrollo de un proyecto empresarial, con la finalidad de favorecer el autoempleo de las personas participantes o la constitución de una cooperativa, sociedad laboral, sociedad agraria de transformación o empresa de inserción.

De acuerdo con el artículo 17 de la Orden EPE/1116/2022, de 18 de julio, podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente Orden, aquellas entidades que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios propuestos en el proyecto de desarrollo de un programa experiencial TándEM de empleo y formación y dispongan de la capacidad técnica, de gestión suficientes, y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a ellas cuya titularidad les corresponda íntegramente y que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de estos programas. Entre estas últimas se incluirán los consorcios, de acuerdo con la regulación que para ellos establecen los artículos 218 y 219 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

b) Organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

c) Asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin fines lucrativos, con disponibilidad de al menos un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar e inscritas en el correspondiente registro público.

Personas destinatarias finales de los programas.

1. En los programas experienciales TándEM de empleo y formación de carácter general las personas destinatarias finales de los programas serán personas trabajadoras desempleadas, entendiéndose como tales, a los efectos de esta disposición, las personas demandantes de empleo y servicios en situación laboral de no ocupadas registradas en los servicios públicos de empleo, con independencia de su nacionalidad, origen étnico, sexo, edad, religión o creencias, ideología, enfermedad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La consideración de persona desempleada vendrá determinada por la situación laboral en que se halle la persona participante al inicio del proyecto.

2. En los programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas emprendedoras, las personas destinatarias finales serán personas trabajadoras desempleadas, de acuerdo con la definición del párrafo anterior que, además, tengan un proyecto empresarial y/o espíritu emprendedor.

3. En los programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas menores de treinta años, las personas destinatarias finales serán personas jóvenes inscritas como demandantes de empleo, que se encuentren además identificadas en la base de datos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y cumplan con los requisitos para ser beneficiarias de las actuaciones, según el artículo 97 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia:

a) Ser menor de 30 años en la fecha de inicio del contrato subvencionado.

b) Estar identificada como beneficiaria en la base de datos del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y haber acreditado previamente el cumplimiento de los requisitos de acceso al Sistema, de conformidad con lo establecido en la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Este requisito se deberá cumplir desde, al menos, el día inmediatamente anterior a la fecha de la incorporación al proyecto. El Instituto Aragonés de Empleo comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito en el momento de la gestión de la oferta, así como al inicio del proyecto para la justificación de la subvención.

c) Estar desempleada e inscrita como demandantes de empleo en un servicio público de empleo desde, al menos, el día inmediatamente anterior a la fecha del inicio del proyecto.

d) No haber trabajado en el día natural anterior a la fecha de inicio del proyecto experiencial subvencionado.

d) No haber recibido acciones educativas y formativas en el día natural anterior a la fecha de inicio del proyecto experiencial subvencionado.

f) No haber recibido acciones formativas en el día natural anterior a la fecha de inicio del proyecto experiencial subvencionado.

Más información:

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