Este boletín recoge información en materia de ayudas y subvenciones, formación y empleo de las Comarcas de La Jacetania y Alto Gállego.

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SUBVENCIONES del Dpto. de Empleo, Ciencia y Universidades destinadas a los PROGRAMAS EXPERIENCIALES DE EMPLEO Y FORMACIÓN TándEM, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, para 2025

Orden EMC/1041/2025 de 6 de agosto
Publicado en BOA nº 163 de 25/08/2025
Plazo presentación solicitudes finaliza el 15/09/2025

El objeto de esta Orden es convocar, para el ejercicio 2025, las subvenciones destinadas a la financiación de las tres modalidades de los programas experienciales TándEM de empleo y formación en la Comunidad Autónoma de Aragón, previstas en el artículo 2 de la Orden EPE/1116/2022, de 18 de julio:

a) Programas experienciales TándEM de empleo y formación de carácter general.

b) Programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas emprendedoras.

c) Programas experienciales TándEM de empleo y formación específicos para personas menores de 30 años.

Los programas experienciales TámdEM de empleo y formación son programas públicos que tienen como finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su cualificación en alternancia con la práctica profesional.

En el caso concreto de los programas experienciales TámdEM de empleo y formación para personas emprendedoras, estos tienen por objetivo el desarrollo de un proyecto empresarial, con la finalidad de favorecer el autoempleo de las personas participantes o la constitución de una cooperativa, sociedad laboral, sociedad agraria de transformación o empresa de inserción.

En todos los proyectos que se aprueben en las tres modalidades programas, el alumnado trabajador será contratado desde el inicio del proyecto bajo la modalidad de formación en alternancia.

El número máximo de personas participantes por proyecto será de 10 por cada una de las Especialidades ET programadas en el mismo.

Los proyectos deberán comenzar entre el 1 de febrero de 2026 y el 1 de marzo de 2026. En todo caso, las comisiones mixtas paritarias de selección del alumnado deberán constituise como mínimo dos meses antes de la fecha de inicio del proyecto.

De acuerdo con el artículo 17 de la Orden EPE/1116/2022, de 18 de julio, podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente Orden, aquellas entidades que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de las correspondientes obras o servicios propuestos en el proyecto de desarrollo de un programa experiencial TándEM de empleo y formación y dispongan de la capacidad técnica, de gestión suficientes, y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a ellas cuya titularidad les corresponda íntegramente y que por su finalidad y competencia puedan llevar a cabo la ejecución de estos programas. Entre estas últimas se incluirán los consorcios, de acuerdo con la regulación que para ellos establecen los artículos 218 y 219 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

b) Organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

c) Asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin fines lucrativos, con disponibilidad de al menos un establecimiento en la Comunidad Autónoma de Aragón, legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar e inscritas en el correspondiente registro público.

Se publica el 29.08 CORRECCION DE ERRORES:
En los anexos,
Donde dice:
?IV. Instrucciones para la selección del personal formador, directivo y de
apoyo. Se podrá encontrar con el siguiente Código Seguro de Verificación:
CSV2V38MVC2HV1B0XFIL.?
Debe decir:
?IV. Instrucciones para la selección del personal formador, directivo y de
apoyo. Se podrá encontrar con el siguiente Código Seguro de Verificación:
CSV6K3EBZ44HD1J0XFIL.?


Más información:

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22630 Biescas
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22600 Sabiñánigo
Tel. 974 484 213 -
974 48 42 00 ext. 4204

apalacin@aytosabi.es

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Sabiñánigo
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22600 Sabiñánigo
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