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SUBVENCIONES del Dpto. de Empleo, Ciencia y Universidades para la CREACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DEL EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD en COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO Y SOCIEDADES LABORALES.
Orden EMC/626/2025 de 27 de mayo
Publicado en BOA nº 109 de 10/06/2025
Plazo presentación solicitudes: ver convocatoria
La presente Orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2025, las subvenciones reguladas en la Orden EMC/295/2025, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de fomento del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales para la concesión de subvenciones destinadas a la creación y consolidación de empleo y a la mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que regula las siguientes líneas de ayuda:
Subvención por incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
Subvención directa por inversión.
Subvención para la prestación de asistencia técnica. Contratación de directores o gerentes.
Contratación de estudios, informes o asesoramiento.
De las tres líneas de subvenciones que son convocadas al amparo de la presente convocatoria, únicamente la letra a) de subvención por incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, forma parte de la actuación "Fomento del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales", del Programa FSE+ Aragón 2021-2027.
2. La finalidad de estas subvenciones es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socias trabajadoras en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales aragonesas, de personas desempleadas y de personas trabajadoras con contrato de trabajo temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socias, así como apoyar al desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de economía social, mediante la mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para las siguientes actuaciones:
-Incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
-Adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales ya constituidas.
-Prestación de asistencia técnica.
Podrán ser objeto de subvención, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria, todos aquellos supuestos subvencionables previstos en el capítulo II de la Orden EMC/295/2025, de 17 de marzo, que se efectúen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre los días 1 de octubre de 2024 y 30 de septiembre de 2025, ambos inclusive.
Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son las siguientes:
Para la línea a) de subvenciones por incorporación de personas socias trabajadoras: un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o, cuando se trate de personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo o relación de carácter temporal o indefinida, desde la fecha de su incorporación como persona socia trabajadora con carácter indefinido.
Para la línea b) de subvención directa para inversiones, sin perjuicio del límite establecido en el apartado 9 del artículo 13 de las bases reguladoras, en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo ejecutable.
Para la línea c) de subvención de asistencia técnica por contratación de director o gerente: un mes a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social.
Para la línea c) de subvención de asistencia técnica por contratación de estudios, informes o asesoramiento: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo subvencionable, sin perjuicio del límite establecido en el apartado 2 del artículo 14 de las bases reguladoras, en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos.
Más información:
Información y contacto
AGENTES DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL – AEDL
Comarca de La Jacetania
C/ Ferrocarril, s/n
22700 Jaca
Tel. 974 356 980
Tel. 690 028 403
imadrigal@jacetania.es
Ayuntamiento de Biescas
Plaza Ayuntamiento, 1
22630 Biescas
Tel. 974 48 50 02 ext. 5
agentedesarrollo@biescas.es
Ayuntamiento de Sabiñánigo
Plaza España. 2
22600 Sabiñánigo
Tel. 974 484 213 -
974 48 42 00 ext. 4204
apalacin@aytosabi.es
TÉCNICOS DE DESARROLLO RURAL DE ADECUARA
Ctra. N-240. Antiguo Molino
22753 Puente la Reina de Jaca
Tel. 974 377 358
gerencia@adecuara.org
C/ Secorum, s/n
22600 Sabiñánigo
Tel .974 413 888 – 974 483 311 (Comarca)
adecuara@adecuara.org
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