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SE CONVOCA por la Diputación Provincial de Huesca NUEVE PLAZAS DE ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, mediante oposición libre, vacantes en la plantilla de personal funcionario de la DPH

Resolución de 17 de septiembre de 2020
Publicado en BOA nº 197 de 02/10/2020
Plazo presentación solicitudes: ver convocatoria

Objeto de la convocatoria. De conformidad con la Oferta de Empleo Público de los años 2017 y 2018, aprobadas por Decreto número 2362, de 19 de septiembre de 2017 y Decreto núm 4070, de 17 de diciembre de 2018, respectivamente, es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante oposición libre, de 9 plazas de Administrativo de Admón. General, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Administrativa, Grupo C, Subgrupo C1.

La distribución de las indicadas plazas es la siguiente:
-Estabilización del empleo temporal: 6 plazas.
-Tasa de reposición de efectivos: 3 plazas.
Reserva de la presente convocatoria:
-Reserva de una plaza a personas con discapacidad cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 33%.
-Reserva de una plaza para mujeres víctimas de violencia de género (artículo 50.2 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en Aragón).

En el supuesto de las plazas reservadas a los distintos sistemas de acceso (personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia) que no sean cubiertas se acumularán a las de acceso libre.

Condiciones de los aspirantes. Para tomar parte en esta oposición será necesario:
-Ser español, sin perjuicio de lo dispuesto sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados en el artículo 57.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
-Tener cumplidos los 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
-No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
-Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en su caso.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la convalidación.
-No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni tener inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos o haber sido despedido como personal laboral en los términos establecidos en el artículo 56.1 d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
-Para las personas que participen en la reserva de discapacidad, deberán tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
-Para las mujeres víctimas de violencia de género deberán tener reconocida legalmente la condición de víctima de violencia contra la mujer, que se acreditará de conformidad con el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

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